Y como parte de las puestas en escena mediáticas de estos días, la cuestión de la reducción de la edad penal, es decir, el tratamiento como adultos de jóvenes adolescentes en relación al cumplimiento de la ley penal, genera indignación. No es un tópico que deba plantearse a la ligera en el marco de campañas coyunturales, habla profundamente del tipo de sociedad que somos y queremos ser. Si lo jóvenes que cometen delitos son parte de nuestras comunidades, ¿cuánto de responsabilidad podemos atribuir a sus características individuales y cuánto a las experiencias de vida dentro de sus propias comunidades? Porqué no pensar soluciones profundas, intervenciones allí donde los jóvenes se socializan, en lugar de recurrir a la criminalización de individuos aislados, lo que les anula toda posibilidad de revertir el curso de sus vidas, y a la sociedad toda no le aporta ninguna solución al problema del delito.
DECLARACION DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y ASOCIADOS
SOBRE JUSTICIA PENAL JUVENIL
DECLARACION DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y ASOCIADOS
APROBADA EN LA XXXIII REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO DEL MERCADO
COMUN (1)
Los Estados Parte del MERCOSUR, reunidos en la VIII Reunión de Altas Autoridades
de Derechos Humanos y Cancillerías, en la ciudad de Asunción los días 31 de Mayo
y 1 de Junio de 2007, expresan su profunda preocupación ante las recurrentes
iniciativas que pretenden aplicar a los adolescentes en conflicto con la Ley, el
régimen penal de adultos desde edades cada vez más tempranas.
Esta situación fue objeto de un atento estudio y reflexión por parte de todas las
delegaciones asistentes, las cuales expusieron los esfuerzos, propuestas, medidas
concretas y políticas públicas que están impulsando y adoptando diversos ministerios
y servicios para articular, juntamente con otros poderes públicos y actores de la
sociedad, una respuesta integral a la problemática de los/las adolescentes en
conflicto con la Ley, que resulte compatible con las obligaciones y compromisos
internacionales asumidos por los Estados, en particular con la Convención sobre los
Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, eficaz marco jurídico
de protección de todos los niños, niñas y adolescentes.
Por lo tanto, se reiteran los principios rectores en la materia que surgen del derecho
internacional de los derechos humanos, en especial de la Convención sobre los
Derechos del Niño, los cuales consagran un régimen de responsabilidad juvenil que
tiene entre otros, las siguientes características:
• Respeto irrestricto de garantías procesales y sustantivas.
• La absoluta excepcionalidad de la privación de libertad, su utilización sólo para los
delitos más graves taxativamente enumerados, por el menor tiempo posible y
determinado.
• Urgente implementación de un sistema de justicia restaurativa o reparadora con un
fuerte componente pedagógico, con sanciones no privativas de la libertad, con fines
eminentemente socio-educativos, que prevea entre otras medidas, la reparación del
daño causado, prestación de servicios a la comunidad y la libertad asistida.
Finalmente, se afirma que cualquier intento de disminuir la edad penal y aplicar el
régimen de adultos a los adolescentes, implicaría, de concretarse, un muy
preocupante retroceso en materia de protección de derechos humanos para la región
del MERCOSUR.